Facultad de Derecho
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Limitaciones a la libertad de la empresa en el marco del servicio educativo(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-06-23)El presente trabajo de suficiencia profesional analizó de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional respecto a la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley 29947 sobre Protección de la economía familiar respecto al pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de posgrado públicos y privados cuyo expediente es el N° 00010-2014-PI/TC. Los demandantes sostuvieron que la Ley transgredió el principio de seguridad jurídica; ya que, no está fundamentada, conteniendo vacíos e imprecisiones que devienen en un cambio en las reglas de juego en perjuicio de las instituciones educativas, asimismo, vulneró la libertad de contratar, la libre iniciativa privada, la libertad de empresa, la autonomía universitaria, entre otros. Por otro lado, el Congreso rechazó dichas afirmaciones, sosteniendo que la Ley era clara en su alcance y efectos; además, que no existió vulneración a los referidos derechos, encontrándose justificada su intervención al ser la educación un derecho fundamental y a la vez un servicio público. Ante ello, el caso materia de estudio analizó si el principio de seguridad jurídica se ve afectado por la Ley, así como, si se restringe el derecho a la libertad de empresa y la autonomía universitaria en los servicios educativos. Con dicho análisis, se concluyó que la Ley no es inconstitucional, ni vulnera el principio de seguridad jurídica ni la libertad de empresa, debido a que lo regulado por la Ley tiene como objetivo cautelar el ejercicio al derecho fundamental de la educación, así como la correcta prestación de un servicio público.Acceso abierto
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La observancia del principio de representación en la extradición pasiva(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-08-22)En el presente trabajo de suficiencia profesional se desarrollarán los principios procesales penales de representación, de reciprocidad y de doble incriminación, como instrumentos básicos para un mejor entendimiento y desarrollo del caso, de la misma forma se expondrá la postura de cada magistrado. El caso alude respecto de una demanda de hábeas corpus, en la cual se pretende que se declare improcedente el pedido de extracción pasiva que solicita los Estados Unidos contra el ciudadano americano WBJ, pedido por el cual se ordenó su detención, ya que, se encontraba residiendo en el Perú. Es así que, la mayoría de magistrados concluye en declarar IMPROCEDENTE la demanda de hábeas corpus, en consecuencia el señor WBJ debe seguir privado de su libertad. Asimismo, se encontró, además, votos singulares en opinión divergente a lo resuelto por el voto en mayoría. El presente trabajo de suficiencia profesional se fundamenta en el análisis de la Sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el contexto de lo debatido en el Expediente 01546-2015-PHCTC. Asimismo, este se ha orientado en la observancia del principio de representación y en la legalidad procesal en materia de extracción pasiva en el Perú. También, se señala la importancia del debido proceso y el significado que tiene el pedido de prueba que genere duda razonable en casos como estos. Finalmente, se realizará un análisis crítico sobre la apreciación del caso respecto a la extradición pasiva del acusado; estableceremos nuestra postura sobre la apreciación del caso, conclusión y propuesta de solución, a partir de la problemática hallada en el caso.Acceso abierto
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Prescripción adquisitiva de dominio como acto inscribible en partida afectada con inmovilización temporal(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-06)El presente trabajo se basa en la decisión tomada por el Tribunal Registral sobre la inscripción de la prescripción adquisitiva de dominio en una partida registral, aun cuando esta se encuentra afectada con una inmovilización de 10 años, vigente a la fecha de solicitud de la inscripción de la prescripción adquisitiva. Este trabajo se encuentra dividido en tres capítulos, partiendo por un primer capítulo, en el cual se realiza una breve descripción del caso, desde la solicitud de declaratoria de prescripción adquisitiva en vía notarial hasta la decisión final del Tribunal Registral, destacando los fundamentos que avalaron el criterio establecido en la resolución de segunda instancia. En el segundo capítulo, se define a la propiedad, sus atributos, además de las formas de adquisición de ésta, haciendo énfasis en la prescripción adquisitiva de dominio, sus requisitos y vías para solicitarla, partiendo desde los alcances realizados por distintos autores. Asimismo, en dicho apartado definimos la inmovilización temporal y los actos inscribibles en una partida registral afectada por esta figura, tomando en consideración lo establecido por la doctrina y el ordenamiento jurídico. Por otro lado, en el tercer capítulo, se explica el tema materia del presente trabajo, el mismo que se basa en la inscripción de la prescripción adquisitiva aun cuando una partida registral se encuentre sujeta a una inmovilización temporal. A su vez, se realiza un análisis de los alcances jurídicos que genera la decisión tomada por el Tribunal Registral en el presente caso. Finalmente, se presentan las conclusiones del trabajo.Acceso abierto
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Desventaja económica al cónyuge sobre la indemnización solicitada en divorcio por separación de hecho(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-07)El presente trabajo tiene como objetivo realizar un análisis respecto a la casación N° 325-2018 Huánuco, interpuesta por A.C.U. contra su excónyuge D.C.P.C. en el proceso de divorcio por separación de hecho. La Sala Civil Transitoria analiza el mencionado caso de acuerdo con la solicitud de la cónyuge de una indemnización en forma de adjudicación de uno de los inmuebles liquidados. De acuerdo con dicho análisis, indicaron que no cumple con los criterios del Tercer Pleno Casatorio Civil, incluyendo que no evidenciaba una situación de desventaja económica, por percibir una pensión alimenticia. Por otro lado, el voto en minoría realiza un análisis, concluyendo que le corresponde una indemnización a la cónyuge perjudicada, pues evidencia que solo ella se encargó del cuidado de los menores hijos en la etapa posparto y constatándose la desventaja económica de la demandada al modificarse la situación en la que se encontraba dentro del matrimonio. La diferencia de posturas respecto a qué considerar una situación desventajosa en cada caso varía conforme a la discrecionalidad del magistrado, por lo que consideramos importante realizar un análisis de las desventajas económicas frente a un divorcio tras la afectación de las partes involucradas en cada decisión. Finalmente, se tiene como conclusión que debe limitarse esta problemática a fin de evitar la vulneración del patrimonio de uno de los cónyuges debido a un incorrecto uso de los criterios establecidos.Acceso abierto
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Inaplicación de los principios de literalidad y abstracción del Título Valor cuando existen excepciones personales(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-07)En el presente trabajo, se expone y analiza la Sentencia emitida en la Casación N° 1951-2019-LIMA contra el auto de vista N° 12, el cual fue emitido por la Segunda Sala Civil Subespecializada en Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima. El recurso de casación fue interpuesto por el ejecutante, con la finalidad de que se declare infundada la contradicción y fundada la demanda de obligación de dar suma de dinero, la misma que se encontraba sustentada en un título valor que fue firmado en blanco por los demandados. Después de haber realizado un análisis casuístico completo del presente caso, consultando libros, artículos académicos y doctrina, se ha tomado la postura a favor del recurso de casación toda vez que, se ha evaluado apartar la aplicación de los principios de literalidad y abstracción de los títulos valores en el presente caso, ello debido a que la letra de cambio [título ejecutivo del presente caso] no ha entrado en circulación, y además, qué la existencia de la obligación contenida en el título valor se viene cuestionando durante primera y segunda instancia.Acceso abierto
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Vulneración al principio de igualdad y libertad sindical en la legislación peruana(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-07)En el presente trabajo trataremos el tema de la libertad sindical, enmarcado dentro del derecho laboral. La materia medular es la vulneración al principio de igualdad y libertad sindical. Para este efecto, se abordará el caso del Sindicato Único de Trabajadores Empleados de la Minera Barrick Misquichilca S.A. Huaraz - Trujillo contra la Minera Barrick Misquichilca S.A. con el objetivo de demostrar dicha afectación ante la declaratoria de improcedencia de la demanda de amparo en la cual el referido Sindicato actúa como recurrente. Con el paso del tiempo, se han podido evidenciar nuevas formas de negociación colectiva en el sector privado, debido a las nuevas exigencias, coyuntura económica y política del país, máxime tratándose del sector minero. Así pues, muchos pliegos de reclamos no evalúan las peticiones sindicales aunado a ello, no examinan la condición económica de la compañía y su respaldo financiero para resolver sus requerimientos. Al respecto, se han utilizado diversos tipos de fuentes como artículos, libros y normativa nacional con la finalidad de utilizar los recursos más idóneos para analizar los problemas jurídicos identificados en los actuados procesales del mencionado caso. En ese sentido, se concluye que, en la presente investigación, existe vulneración al principio de igualdad y libertad sindical, por lo que urge su pronta regulación en el Decreto Supremo N.º 010-2003-TR. De esta forma, quedarán establecidas las condiciones de negociación durante el trato directo, así como el alcance de los acuerdos y su posterior cumplimiento no innovativo.Acceso abierto
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Análisis de la sentencia e interrupción del plazo en el reconocimiento de Unión de Hecho.(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-07)El presente estudio surge a partir del análisis de la Casación N° 3500-2017 Lima. Se enfoca en la petición de una declaración judicial de unión de hecho, la cual ha sido interpuesta por la parte demandada en contra de una sucesión intestada. El Supremo Colegiado declaró infundado el recurso de casación analizado, argumentando la ausencia de infracción normativa material de los artículos 326 del Código Civil, 4 de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 30007, así como la normativa procesal del artículo 139 incisos 3 y artículo 5 de la Constitución; con voto singular del juez supremo Romero Díaz y voto en minoría de jueces Caballero y Calderón. En el contexto jurídico examinado, se presenta una cuestión destacada por el voto singular, respaldado por la mayoría y diferido por el voto en minoría de la Sala Suprema. Esta problemática versa sobre la interpretación del requisito de impedimento para contraer matrimonio en relación con la configuración de la unión de hecho, así como en la determinación del plazo adecuado para solicitar esta declaración. En el presente trabajo, profundizaremos en el respaldo a la postura del voto en mayoría y voto singular, ya que, ante la presencia de un vínculo matrimonial y la modificación del estatus jurídico de convivientes a cónyuges, se interrumpe y concluye el computo del periodo de dos años, necesario para la adecuada configuracion de la unión de hecho. Por consiguiente, el reconocimiento de una unión de hecho en tal circunstancia resulta improcedente.Acceso abierto
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La participación en el reparto de utilidades en el marco de casación laboral N°01921-2022-LIMA(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-07)El presente trabajo tiene como objetivo el analizar la necesidad, pertinencia y correspondencia de la participación del reparto de utilidades a los trabajadores del Sindicato Único de Trabajadores Pluspetrol Corporation S.A por parte de un consorcio de empresas en el marco de la Casación Laboral N° 01921-2022 – LIMA, durante los ejercicios correspondientes al año 2006 al 2012. En ese sentido, en el recurso se alega; en primer lugar, la infracción normativa de los artículos 5 y 8 del Decreto Legislativo N° 892, y; en segundo lugar, la inaplicación del artículo 2 del Decreto Supremo N° 009-98-TR, acerca de los requisitos a cumplir por los trabajadores para obtener el derecho a participar en las utilidades que genera una empresa. Son cuatro jueces que plantean que los trabajadores del Sindicato de Pluspetrol no cumplen con los requisitos para poder ser beneficiarios del pago de utilidades. Sin embargo, nos encontramos frente a la existencia de un voto singular el cual analiza las reorganizaciones a nivel societario realizadas por Pluspetrol antes de la repartición utilidades y la falta de justificación del por qué se establecieron dichas tácticas societarias. Bajo tal contexto, se ha analizado jurídicamente el recurso extraordinario de Casación Laboral N° 01921-2022 – LIMA; se abordan los conceptos de: Derecho a la Libertad de Empresa, Derecho al pago de utilidades, Derecho colectivo laboral, Fraude a la Ley en Personas Jurídicas y el Proceso Laboral. Tales conceptos constituyen la base primordial del fundamento y análisis del recurso de casación en cuestión.Acceso abierto
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Análisis jurídico de la resolución N° 001-2024-SUNAFIL/TFL sobre razonabilidad de la sanción por incumplimiento absuelto(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-07)El presente Trabajo de Suficiencia Profesional tiene por objetivo efectuar un análisis jurídico de la Resolución Nº 001-2024-SUNAFIL/TFL, en la cual se discute si una sanción impuesta luego de la rectificación inmediata del incumplimiento, tras intervención del sindicato, califica como una medida que se puede considerar razonable o si por el contrario califica como punición excesiva. El presente trabajo se desarrolla en tres aspectos: En primer lugar, se expone el procedimiento que condujo a la expedición de la resolución materia de análisis. En segundo lugar, se revisan los conceptos y normas aplicadas en la materia. En tercer lugar, se considera el examen que ha realizado el Tribunal de Fiscalización Laboral sobre la razonabilidad de la medida sancionadora aplicada y los fundamentos que conducen a su calificación como precedente de observancia obligatoria. Se agrega, además, la apreciación de la dupla a los alcances de la resolución. La importancia del presente trabajo radica en evidenciar la necesidad de una aplicación razonable respecto a la punición, que asegure la eficacia de la medida y la proporcionalidad entre el contenido del acto sancionador y su finalidad, que en el caso concreto es proteger la dignidad de las personas frente a un acto hostil del empleador.Acceso abierto
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EXP. N.° 00949-2022-PA/TC: Autonomía de la voluntad y libertad de acuerdos de la Junta de Propietarios(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-07)El presente trabajo analiza la Sentencia 348/2023 emitida en el Expediente 00949-2022-PA/TC, el cual versa sobre la solicitud de inaplicación de diversos artículos del Reglamento de Propietarios y de Normas Básicas de Convivencia de un condominio vacacional que prohíben la introducción y tenencia de mascotas, por vulnerar los derechos al libre desarrollo de la personalidad y al libre tránsito. El análisis del Tribunal Constitucional sobre la validez de la prohibición de mascotas en un inmueble resalta la controversia de la constitucionalidad de los acuerdos. Así, el objetivo del presente trabajo es analizar la autonomía de la voluntad y la libertad de acuerdos establecidos por la Junta de Propietarios, a fin de identificar si el derecho al libre desarrollo de la personalidad es un derecho disponible y si, a través de la autonomía de la voluntad, se puede disponer de él, así como la vinculatoriedad de la sentencia recaída en el Expediente 01413-2017-AA/TC. Para ello, se establecerá una síntesis de los actuados en sede judicial hasta el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, así como el marco teórico, bases conceptuales y criterios particulares que sustentaron la sentencia, además de realizar un análisis jurídico de los votos singulares. A fin de lograr el fin establecido, se utilizaron diversas fuentes bibliográficas, las que contribuyeron a determinar que el derecho al libre desarrollo de la personalidad no es un derecho disponible, que no puede ser dispuesto a través de la autonomía de la voluntad y la efectiva vinculatoriedad de la doctrina del Expediente 01413-2017-AA/TC.Acceso abierto
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La afectación de derechos fundamentales en el proceso de elección del orden de los apellidos(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-06)El presente trabajo de investigación tiene como objetivo, desarrollar la materia jurídica constitucional proveniente del Expediente N°02695-2021-PA/TC, el cual fue debatida en el Pleno. Sentencia 50/2023; toda vez que, la entidad de Reniec al colocar el apellido paterno primero y seguidamente el apellido materno, sin previo aviso a la madre, quien en un principio reconoció de manera individual a la menor; y, por tanto, colocó sus dos apellidos a la niña, se estaría generando una vulneración al derecho a la igualdad y no discriminación en razón del sexo a la madre, así como también el derecho a la identidad respecto a la menor. Por tanto, hemos considerado guiarnos del pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el extremo de la interpretación que le asigna al artículo 20° del Código Civil Peruano, respecto a la elección del orden de los apellidos, toda vez que, la misma normativa no especifica un orden para el registro de apellidos, generando una libre interpretación por parte de los progenitores a estar en dicha figura, brindándoles un adecuado derecho a la igualdad, así como también la posibilidad de decisión en el orden de elección de apellidos que se le asignará a su menor; con el fin de no vulnerar sus derechos fundamentales de la menor. En consecuencia, hemos seleccionado la presente sentencia, puesto que, hoy en día se puede observar la afectación al derecho a la igualdad y no discriminación, al momento de elegir el orden de apellidos de un menor, involucrando también su derecho a la identidad.Acceso abierto
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¿Libre tránsito o propiedad privada? Análisis de la confrontación de ambos derechos(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-08-15)Nuestro documento versa sobre la evaluación legal referente a la Sentencia 443/2023 dictada por el Tribunal Constitucional, el aludido veredicto resolvió el recurso de agravio constitucional interpuesto por los abogados del señor P.R.D.R. contra la resolución de segunda instancia emitida por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cañete, la cual decidió declarar improcedente la demanda de habeas corpus interpuesta por el demandante. En la referida sentencia, se evalúan, entre otros, dos derechos principales: (i) el derecho constitucional a la libertad de tránsito en materia del acceso a las playas y (ii) el derecho a la propiedad. Al respecto, evaluaremos la confrontación de los mencionados derechos, analizando si existe una supremacía o prevalencia respecto a uno sobre el otro; así como los límites y características que permiten su convivencia sin infringir sus alcances. A razón de ello, el presente documento consta de los siguientes capítulos, el primer capítulo es una recapitulación de los hechos más relevantes, los fundamentos de votos y voto singular señalados en la sentencia. En el segundo capítulo, explicamos la base normativa nacional, jurisprudencia y doctrina en torno a los derechos mencionados y su tratamiento en relación a las playas, así como la legislación comparada del caso. Por último, en el tercer capítulo exponemos el análisis crítico de la sentencia con las conclusiones a las que arribamos.Acceso abierto
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Análisis del criterio para determinar una conducta discriminatoria utilizado en la Resolución Nº 2758-2019/SPC-INDECOPI(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-08-15)El presente trabajo analiza la Resolución N° 2758-2019 emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), originada por una denuncia interpuesta por la Asociación de Consumidores Indignados Perú en contra La Rosa Náutica S.A, la cual fue declarada fundada por entregar cartas de comida sin precios a las mujeres, incurriendo así en una práctica discriminatoria contra la mujer. La materia jurídica de la situación planteada en el presente trabajo se centra en examinar la discriminación dentro de una relación de consumo como corolario ante la incidencia de trato diferenciado sin una justificación objetiva. Para realizar el análisis del caso materia de la resolución, se consultaron y revisaron diversas fuentes académicas y jurídicas contenidas principalmente en libros, artículos, y normas; las cuales contribuyeron a ahondar las bases conceptuales correspondientes a la materia jurídica expuesta. Resulta importante resaltar que, la decisión expedida por la Sala sobre la materia controvertida se enfatiza principalmente en un contexto abstracto de discriminación a la mujer; por ello, el presente trabajo plantea la necesidad de poder analizar estas diferenciaciones en virtud de los deberes que tienen los proveedores a partir de los actos diligentes de un consumidor razonable ante la existencia de estas conductas.Acceso abierto
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La desprotección legal de las trabajadoras gestantes que ocupan un cargo de confianza(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-08-12)La sentencia elegida fue emitida por el Tribunal Constitucional y presenta el recurso de agravio constitucional interpuesto por una trabajadora gestante que fue víctima de un despido nulo por su estado de gestación. No obstante, el empleador alegaba que se trataba de un caso de cese por retiro de confianza. Sin embargo, pese a la diferencia de opiniones de los magistrados del Tribunal Constitucional, en su mayoría, concluyeron que la posición que ocupaba la trabajadora no presentaba los requisitos de un cargo de confianza. El caso permitió evidenciar la desprotección legal de las trabajadoras gestantes que ocupan un cargo de confianza. Por lo que, la presente investigación abordará el análisis de los fundamentos más relevantes para promover la protección de los derechos de las trabajadoras en estado de gestación, así como, proporcionar aportes jurídicos para que el Estado pueda garantizar el cumplimiento de los derechos inherentes a las trabajadoras gestantes. Concluimos que estamos de acuerdo con la decisión del Tribunal Constitucional porque consideramos indispensable asegurar la protección reforzada a las trabajadoras gestantes con cargo de confianza por su posición de vulnerabilidad de su condición, dado que, por la naturaleza de la posición, se permite el retiro de la confianza y con ello, se puede prescindir de los servicios de las trabajadoras gestantes. Por tal razón, el presente trabajo priorizará el análisis de la desprotección legal de las trabajadoras gestantes que ocupan un cargo de confianza.Acceso abierto
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Prescripción Adquisitiva de Dominio y sus elementos bajo la revisión de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema (Casación N° 896-2019-Lima)(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-08)De la revisión efectuada a la Sentencia de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, correspondiente a la Casación N° 896-2019-Lima, vamos a desarrollar el contenido del presente trabajo, el cual está relacionado sobre un proceso de Prescripción Adquisitiva de dominio, respecto de un predio en discusión ubicado en la Unidad Vecinal 3 en el Cercado de Lima. El recurrente solicita por intermedio de su recurso de casación que se revierta la decisión jurisdiccional sostenida en primera y segunda instancia, las mismas que resolvieron amparar la demanda de prescripción adquisitiva de dominio postulada por los demandantes don Juan Rodríguez Cárdenas y Luz María Ojeda Márquez. Sostiene el demandado que no corresponde declarar la usucapión sobre el bien en litigio, puesto que los demandantes no habrían detentado la posesión con cualidad de propietarios. Ahora bien, los señores jueces supremos han tenidos dos criterios para resolver la controversia, habiéndose presentado un voto en discordia, siendo que el voto en mayoría concluye en declarar FUNDADO el recurso de Casación, en consecuencia, REVOCARON la apelada, es decir la posición que declaró FUNDADA la demanda. Existe una posición minoritaria, nomenclatura quizás no acorde con la cantidad de votos adherentes a esta posición, ya que fueron tres los magistrados firmantes, es decir uno menos que la posición mayoritaria, por lo que la discusión suscitada no fue del todo sencillo, dichos magistrados consideraron NO CASAR la Sentencia de Vista, debiéndose mantener el mismo criterio por ende a favor de la prescripción adquisitiva de dominio del bien inmueble. Conforme se desprende de la discusión de ambas posiciones, estas desarrollan los conceptos de cada uno de los elementos de la prescripción adquisitiva de dominio, citándose los artículos 897° y 950° del Código Civil, así como el criterio establecido en el segundo pleno casatorio civil. Asumiremos una posición crítica al respecto, posicionándonos en uno de los votos emitidos, señalando nuestras opiniones de manera respetuosa sobre el análisis efectuado para la solución del presente conflicto, desarrollaremos un marco conceptual que permita identificar las principales instituciones que han sido abordadas en el caso.Acceso abierto
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El Interés Superior del Niño: Análisis de un Caso de Impugnación de Paternidad(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-06-24)El presente trabajo analizó la sentencia de casación N° 5831-2019 LAMBAYEQUE/Pleno Casatorio originado por un recurso de casación relacionado con la impugnación de la paternidad extramatrimonial que tiene como principio el interés superior del niño. José Luis Inoñán Bances impugnó la paternidad extramatrimonial de Y.S.I.F. Sus presuntos padres, Sarita del Milagro Fernández Barreto y Jorge Luis Inoñán Bances, rechazaron la demanda. Aunque el análisis de ADN confirmó que el demandante era el padre biológico, la primera instancia desestimó la demanda, priorizando la identidad dinámica sobre la estática. En segunda instancia, el demandante alegó violación del debido proceso y los derechos de la menor, pero la sentencia de vista ratificó la decisión inicial. Presentó un recurso de casación admitido por la Sala Suprema, que revocó la sentencia de vista y ordenó un nuevo pronunciamiento que proteja el interés superior del niño y el debido proceso. En la presente investigación existe un conflicto entre las decisiones de primera y segunda instancia, y lo resuelto en la casación, ya que en las primeras decisiones prevalece la identidad dinámica y en la última la identidad estática tomando en cuenta que se exigió valorar la prueba de ADN. Con la doctrina, jurisprudencia y normativa analizada se concluye que la triple filiación respeta la paternidad biológica del demandante y la relación afectiva que la menor tiene con el demandado, buscando salvaguardar el interés superior de la menor.Acceso abierto
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Allanamiento del proveedor y la improcedencia de apelación por falta de agravio en procedimientos administrativos(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-15)La controversia de la Resolución N° 0032-2022/CPC-INDECOPI-ANC se enmarca en la parcela del derecho conocida como Derecho del Consumidor. En donde, Saga Falabella S.A (el denunciado) pretende apelar todos los extremos de la Resolución N° 0232-2022/INDECOPI-CHT, habiéndose allanado – previamente- a la denuncia presentada en su contra. Por consiguiente, el Tribunal de Defensa de La Competencia y de la Propiedad Intelectual (Sala Especializada en Protección al Consumidor) declara la nulidad parcial de la Resolución que concedió la apelación formulada por el denunciado, declarando improcedente dicho recurso. Este caso es merecedor de análisis para nuestro trabajo de suficiencia Profesional, ya que explicaremos la problemática que versa sobre la adecuada utilización del recurso de apelación en los procedimientos administrativos, cuestión de gran relevancia para la tutela de los intereses de los consumidores. Asimismo, destacaremos la aplicación de figuras propias del Derecho Procesal, como es el allanamiento, sobre el cual realizaremos un análisis detallado de su evolución y aplicación en el ámbito administrativo. Finalmente, examinaremos tanto su uso previo como posterior a su introducción en sede administrativa, y presentaremos los diferentes pronunciamientos de la Sala Especializada en Protección al Consumidor de INDECOPI; además, enriqueceremos nuestro análisis con la inclusión de la doctrina de diversos autores sobre este tema. En este orden de ideas, la resolución elegida tiene una consideración especial al tratarse de un precedente de observancia obligatoria, el cual dota de mayor seguridad jurídica salvaguardando los intereses de los consumidores al prohibir prácticas obstruccionistas por parte de los proveedores.Acceso abierto
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Comentarios a la propuesta del Magistrado Blume Fortini sobre la modificación del Precedente María Julia(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-08)En el año 2011, el TC emite el Precedente María Julia, recaído en el Expediente N°000142-2011-PA/TC, a fin de establecer los alcances del control constitucional sobre el arbitraje, considerando al recurso de anulación de laudo como vía igualmente satisfactoria para la tutela de derechos, y limitando la procedencia del amparo arbitral únicamente en tres supuestos: cuando exista vulneración directa o frontal de precedentes vinculantes, cuando en el laudo se ha ejercido control difuso sobre norma declarada constitucional y cuando sea interpuesto por un tercero que no es parte del convenio arbitral, salvo que sea parte no signataria. Si bien, dicho Precedente unificó los alcances del amparo arbitral, a partir de su emisión ha sido objeto de duras críticas por parte de juristas y magistrados del mismo Tribunal Constitucional, como sucede en el Pleno Sentencia 171/2022, con el Voto Singular del Magistrado Blume, quien propone una modificación del Precedente, argumentando que el recurso de anulación no constituye una figura idónea para la protección de derechos fundamentales. En este contexto, el presente trabajo tiene por objeto analizar la viabilidad de la propuesta modificatoria del Magistrado Blume, para lo cual se aplicarán criterios doctrinarios y la legislación peruana. En conclusión, se considera que no resulta viable la propuesta modificatoria porque representa un peligro para la eficacia y la tutela arbitral efectiva del arbitraje, pues establece condiciones procedimentales que permiten la interposición indiscriminada de procesos de amparo para cuestionar laudos arbitrales y actuaciones previas a la emisión del mismo.Acceso abierto
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La protección del derecho a la pluralidad de instancias relacionado a la “condena del absuelto”, a partir de la STC n.° 01075-2018-HC/TC(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-05)El presente trabajo tiene como objeto analizar la llamada “condena del absuelto” y su relación con lo resuelto por el Tribunal Constitucional peruano en la Sentencia 504/2021, recaída en el Expediente n.° 01075-2018-HC/TC. Por consiguiente, en primer lugar, presentaremos la sucesión de hechos, así como los principales argumentos tanto de la sentencia como de los fundamentos de voto y votos singulares que se emitieron. En adición a ello, se analizará, tanto a nivel doctrinal, jurisprudencial y derecho comparado, las siguientes materias: El recurso de agravio constitucional, el derecho al debido proceso, el derecho a la pluralidad de instancias y el proceso de condena del absuelto en el ordenamiento jurídico peruano. En ese sentido, a partir de lo indicado en el de acuerdo a lo indicado en el párrafo previo, se realizará una reflexión crítica sobre lo resuelto en la sentencia bajo comentario, considerando de que en nuestro ordenamiento jurídico no existía un tratamiento alternativo respecto de la figura de la condena del absuelto cuando el Tribunal Constitucional emitió la objeto del presente trabajo.Acceso abierto
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Inaplicación de los efectos suspensivos en los procedimientos administrativos disciplinarios en perjuicio de los trabajadores(Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)PE, 2024-07-05)El presente trabajo ha sido realizado en referencia a la Casación Laboral N° 17713-2018 La Libertad, emitida por la Corte Suprema, en la cual se desarrolla la controversia ocasionada por la falta de reconocimiento de remuneraciones dejadas de percibir producto de una sanción administrativa. Para ello, los magistrados se enfocaron en analizar todo lo concerniente al pago de remuneraciones por trabajo no realizado, así como determinar cuando una sanción administrativa es justa o injusta. No obstante, se advierte que durante la fundamentación del voto en discordia respecto a la sanción administrativa, se manifiesta que esta y su cumplimiento es injusto. Es por ello que, el análisis que realizaremos versará netamente en una de las causas del cumplimiento injusto de la sanción administrativa durante el trámite del procedimiento administrativo disciplinario, pese a la interposición de recursos impugnativos y a la inexistencia de una resolución firme, lo cual es producto directo de la inaplicación de los efectos suspensivos de los recursos impugnativos, según lo establecido en el artículo 226 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Finalmente, cabe mencionar que la elección de la Casación N° 17713-2018 La Libertad y su posterior análisis se debe a la relevancia jurídica que tiene para los trabajadores la adecuada aplicación de los efectos suspensivos en los procedimientos administrativos pues de esta manera cuentan con la seguridad de que sus remuneraciones no serán afectadas de manera injusta.Acceso abierto